Episodio 06 | Diálogos entre Gonzalo García Garro y Martín Müller
Episodio 06 | Diálogos entre Gonzalo García Garro y Martín Müller
En el sexto episodio de Contenidos en Red el Presidente del Consejo General de Educación, Lic. Martín Müller, dialoga con Gonzalo García Garro sobre los 200 años de la República de Entre Ríos.
En el marco de la conmemoración de los 200 años de la República de Entre Ríos, entrevistamos al Subsecretario de Justicia del Gobierno de Entre Ríos y coautor del libro “Francisco Ramírez: 200 años de identidad entrerriana”.
Gonzalo junto a otros autores , entre ellos el ex gobernador Jorge Busti, han lanzado un libro muy valioso, que queda para el acervo de nuestra historia: “Francisco Ramírez, 200 años de identidad entrerriana”. En aquel contexto, y bajo la perspectiva de Ramírez, ¿Por qué fue una República la República de Entre Ríos?
Ramírez significó, en términos históricos, el cierre a la posibilidad de una monarquía, de un gobierno elitista. Recuperar la idea de República en términos de la etimología de la palabra romana, la idea de la cosa pública y un gobierno de la gente, un gobierno del pueblo. La República se oponía o recogía esta tradición de Ramírez en Cepeda, en el Tratado del Pilar, en el cual se pone fin al proyecto del Directorio que pretendía establecer una Constitución elitista con sesgos muy conservadores y no terminaba de ser clara acerca de la forma de gobierno, abriendo las puertas incluso a una posibilidad monárquica. Fue República por eso, porque enarbolaba las ideas de la República. No fue una República en términos secesionistas, la República de Entre Ríos, fue una República integrada a lo que sería la Patria Grande, al gobierno de las Provincias Unidas, lo que sería Sudamérica. Tenía la idea de República porque fue elegida por una elección popular.
Cuando Ramírez fue electo Supremo Entrerriano en un proceso electoral que se llevó a cabo entre el 23 de noviembre y el 25 de diciembre, Beatriz Bosch -historiadora entrerriana- rescata que fue la primera elección en la toda la Argentina, o sea en términos de magnitud, fue la primera elección, la primera muestra democrática cabal que existió. Pancho Ramírez se hace votar –en el sentido de que llama a elecciones- y tiene una particularidad: no era una lista única, como muchos historiadores imaginan, por ejemplo, en Corrientes -porque la República de Entre Ríos estaba compuesta por lo que hoy conocemos como tres provincias argentinas: Entre Ríos, Corrientes y Misiones- sino que había una resistencia, porque tenía una oligarquía que precedía un Cabildo de varios siglos para atrás.
En esa unidad territorial, Ramírez establece una organización política-administrativa que tiene como singularidad que es la primera división territorial que elige en forma democrática su autoridad. Es muy común encontrar que algunos libros dicen “naturalmente se hizo elegir”. Pero no fue que él se hizo elegir, sino que se convocó a elecciones: se ponía una urna en la plaza y los ciudadanos iban a votar. Votaban en Paraná, en Gualeguay, en Rosario del Tala, en Arroyo de la China, en Concepción del Uruguay, en Concordia, en el Departamento de Corrientes, etc. Y fue el primer hecho histórico.
En la idea de democracia como factor de legitimación, con la soberanía popular, y en la idea de una organización administrativa articulada por ciudadanos, que eran votados o plebiscitados, está la idea de República. Y no era una república secesionista, sino integrada a un proyecto. Sí tenía alguna finalidad política concreta, lo tenemos que pensar en torno al proceso histórico: la Batalla de Cepeda, el Tratado del Pilar. Después viene este enfrentamiento histórico con Artigas, por las distintas diferencias. Ramírez necesitaba reestructurar, rediseñar un sistema de poder, para poder agrupar, quería unir todo este eje para poder tener un factor de poder para pelear contra los porteños, que de hecho fue lo que pasó y que terminó en su muerte. Cuando no cumple el Tratado del Pilar el puerto de Buenos Aires, Ramírez se alza y es traicionado por Estanislao López.
Insisto con que la idea de República tiene que ver con valorar la democracia, la voluntad popular y la idea de que ya no va a haber una monarquía, poderes heredados de la Colonia, sectores políticos que por tradición aristocrática van a heredar el poder, sino que es el pueblo y su organización los que van a determinar la vida colectiva.
La República se estructuró a través de un bando, que Ramírez saca el 29 de septiembre de 1820 -por eso se conmemora el bicentenario en esa fecha- y tres reglamentos: uno de orden político, otro de orden militar y un reglamento de orden económico. Y a la vez saca dos reglamentos vinculados con sellos, que era papel de cambio para transacciones económicas. En estos tres reglamentos, en el bando, está la matriz de lo que sería el diseño constitucional o algo parecido a lo que hoy nosotros tenemos como la Carta Magna o el estatuto provisional organizativo de las provincias. Estos tres estatutos eran distintas disposiciones que pretendían ir regulando. Básicamente se estructuraban como tres grandes distritos: En Corrientes estaba Evaristo Carriego, también un apellido noble, progenitor de todos los Carriego que después en la historia estarán; y estaba Félix Aguirre en lo que era el territorio de Las Misiones. Tenía un Ministro General que era Cipriano de Urquiza, el hermano de Justo José de Urquiza. Yo siempre digo que el ADN de la identidad entrerriana con Ramírez es expresado como ninguno, sus dos “mano derecha” eran el hermano de Justo José de Urquiza y el padre de Ricardo López Jordán. Ramírez es quien juntó por primera vez a todos esos hombres que pudieron hacer posible lo que hoy tenemos como provincia, que contribuyeron junto al pueblo, a los hombres y mujeres que valiosamente aportaron con su trabajo para tener esta tierra, esta organización que hoy tenemos. En Ramírez confluyen todos los actores que después, en el siglo XIX van a ser los los grandes hombres que de una forma u otra van a marcar o van a expresar el sentir popular o los grandes procesos populares en nuestra historia entrerriana.
Esto que venís señalando en términos de salto de calidad organizativa, respecto a la idea de Confederación y que se expresa también en este conjunto de reglamentos que dieron forma, cómo contrasta desde una mirada federal, con la perspectiva que uno tiene en la escuela cuando dice “1820: caos, anarquía” o sea, se desata un proceso que hasta 1852 no tendría solución, si nosotros lo miramos desde nuestra óptica, es claramente contrastable.
Es más, en la literatura jurídica liberal clásica, prácticamente no se hace referencia a este antecedente, sino que aparece el estatuto provisional de Mansilla, de un par de años después, como el momento en que la Provincia de Entre Ríos se empezó a organizar, y no encuentran referencias a los reglamentos de los que estamos hablando. Los reglamentos de 1820 tienen disposiciones de avanzada, por ejemplo: se establece como principio la prohibición de la pena de muerte, se crea el derecho a la educación como un derecho obligatorio y como un deber del estado, se declara una amnistía para quienes habían estado en los distintos bandos en los procesos militares y políticos, se establece un sistema de recursos de recaudación impositiva, administración del estado por rendición de controles, una obligación de rendición de los actos públicos, se establece una serie de cuestiones que no tienen precedente en otras organizaciones y que son obviadas por la literatura con esta mirada de Vicente Fidel López, de que Ramírez era un caudillo semibárbaro, una especie de Atila que vivía en el litoral argentino. La supuesta “anarquía del año 20”, para quienes miramos la historia desde el interior federal, fue poner fin a un proyecto monárquico, pero para ellos fue la llegada de la barbarie a la Plaza de Mayo, colgando los caballos en las pirámides, y sin embargo con esa barbarie vienen muchísimas instituciones de vanguardia organizativas. Por ejemplo, en los reglamentos se crea el Poder Judicial, se establecen jueces de primera y de segunda categoría, establece el derecho a la apelación y el derecho al acceso a la justicia. Cuestiones que, pensadas desde hoy, parecen de sentido común, pero nadie las escribía hace 200 años.
Para poner un poco en contexto ¿cómo llega Ramírez a construir eso? ¿Qué formación personal tenía él o el grupo político-militar que lo rodea? ¿Qué influencias tenían? ¿Cómo logran plasmar eso?
Ramírez tenía una buena educación. La literatura liberal lo pone como un caudillo semibárbaro, que no era instruido, que era una persona a la cual le escribían las cosas, sin embargo, él tenía una muy buena educación. Fue a la escuela que tenía el fundador de Arroyo de la China, después se educó con el fraile Mariano Agüero y con el Dr. Bonifacio Reduello, quienes le dieron una educación en la casa. Estaba muy bien rodeado también; Cipriano de Urquiza era una persona que se había educado en un colegio de Buenos Aires, era hacendado y heredaba los negocios de la familia de los Urquiza, fue uno de los redactores del reglamento de orden económico; lo asesoraba también el correntino Dr. José Simón García de Cossio, que era una persona de muy buen nivel, que contribuyó en los reglamentos; también por José Gervasio de Monterrosso, que era un monje franciscano, que había sido secretario privado de Artigas. Entre esos tres o cuatro actores, hay otros más, pero si hay que pensar en una organización de cerebros, pienso que entre Cirpiano de Urquiza, Ricardo López Jordán, Monterrosso y García de Cossio, dieron un poco esta estructura organizativa, en términos de reglamento y la mirada jurídica. Imaginemos que estaban legislando para tierra arrasada, de 1810 a 1820 el interior de Entre Ríos fue un río de lanzas cada año o cada dos, había batallas contra extranjeros o contra los porteños, pensar la organización en este contexto era muy difícil.
Era de vanguardia porque, por ejemplo, hizo un censo para establecer un relevamiento: aproximadamente 20.000 personas vivían en Entre Ríos en esa época, en 1820, no había rutas, había senderos, tenían que pasar por caminos intransitables, por arroyos, por ríos, había que pasar por lugares que eran inaccesibles. Imaginemos organizar en esa época.
Hay algo más puntual: la apuesta que hace a la educación, una enorme clarividencia a la hora de entender que la educación es la clave para el desarrollo. La entiende como un derecho, pone como obligatoria la enseñanza primaria, consideraba que cuestiones como aritmética, matemática, caligrafía tenían que ser conocidos por todos los niños. Establece un criterio progresista de vanguardia: los que no tenían recursos, los niños humildes, iban a acceder a la educación en forma gratuita, solventada por el estado. En cambio, quienes tenían familias pudientes, iban a tener que pagar una contribución. Además, obligaba a que cada uno de los jefes departamentales creara escuelas dentro de su departamento y que había que garantizar a los maestros vivienda y un salario digno para vivir. Cuestiones tan específicas que si uno lo pensaba en 1820 es prácticamente imposible, muchas veces la educación se circunscribía a las iglesias, a un rol más auxiliar del estado, pero no al estado en sí tomando esa obligación, con esa perspectiva.
Otro tema particular era la libertad de culto, si uno mira la Constitución santafesina, el estatuto de 1819, 4 o 5 artículos primeros son ratificando el credo a la fe católica, declarar como delito negar la religión católica, lo mismo pasaba en la Constitución de Tucumán. En Ramírez, no hay una sola referencia a la adopción de un culto oficial por parte del estado. Hay diferencias solo tangenciales, de dar función a los sacerdotes, a los curas, pero mínimas. No existe un culto oficial en la reglamentación de la República de Entre Ríos. Un principio para la época prácticamente imposible, veníamos saliendo del modelo de gobierno del virreinato, donde todo se trazaba por la religión católica y pensar que alguien no lo iba a reglamentar era imposible. Bueno, en eso fue también de vanguardia Ramírez.
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Entrevista a Gonzalo García Garro (pdf)Publicado el:
jueves 10 de septiembre de 2020
Autor:
- Portal Aprender
Nivel:
- Secundario
Área Curricular
- Cs. Sociales y Humanidades
Tipo de Recurso
- Especial / Colección